jueves. 28.03.2024

La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña desestimó el recurso interpuesto por 7 concejales de Santiago, -que finalmente se sentarán en el banquillo el próximo día 19-, contra la decisión del juzgado de instrucción número uno de seguir con la tramitación de diligencias para comprobar si en efecto cometieron un delito de prevaricación.

 

El hecho que dio origen a la instrucción fue la decisión, adoptada en una junta de gobierno, de costear con cargo al erario público la asistencia jurídica de un miembro de la corporación municipal, el concejal de Deportes Adrián Varela, imputado en la Operación Pokemon, investigación que busca desmantelar una presunta trama de corrupción que se tejería a través de adjudicaciones públicas a empresas desde administraciones locales.

 

Los concejales imputados son Amelia González, Juan de la Fuente, Cecilia Sierra, María Pardo, María Castelao, Francisco Noya y Luis García Bello. A esa junta de gobierno no asistió el alcalde, Ángel Currás. Los siete ediles mencionados se enfrentarán a la Justicia el 19 de mayo, en fechas previas a las elecciones europeas, que son el 25 de este mes. El juzgado instructor dictó el pasado marzo el auto de apertura del juicio oral.

 

La Audiencia Provincial, informa el TSXG, sostiene que de la literalidad del acuerdo tomado en esa junta de gobierno puede resultar la probabilidad de que el gasto se haya asumido "sin sujeción a las exigencias que derivan de la ley y la jurisprudencia, exigencias conocidas por los concejales por constar expresamente en el informe del que se les dio cuenta inmediatamente antes de la adopción del acuerdo".

 

Agrega la sala que este es el dato fundamental, al que se añaden otros indicios invocados por el Ministerio Fiscal, tales como la urgencia en la adopción de dicho acuerdo o las peculiaridades que contenga "una especie de estipulación" al asumir el gasto en favor de un letrado concreto. Indican además los magistrados de la sección sexta de la AP, con sede en Santiago, que al no estar condicionado el acuerdo a que determinados requisitos se cumplan, en el momento de su adopción o con posterioridad, se abre la posibilidad de satisfacer gastos ajenos al interés público, de indemnizar a quien puede haber actuado al margen de su función y a quien puede resultar criminalmente responsable por ese comportamiento.

 

"Ese acuerdo puede ser considerado una resolución injusta en los términos del artículo 404 del Código Penal", sostiene este fallo. El edil Adrián Varela, acusado de tráfico de influencias, cohecho y falsedad documental en la Operación Pokemon, renunció a que se le sufragase la defensa en esta causa, tal y como en un inicio había pedido.

Siete ediles del gobierno local de Santiago se sentarán en el banquillo el día 19