jueves. 28.03.2024

El Tribunal Supremo ha anulado el acuerdo del Consello de la Xunta de junio de 2009 por el que se aprobó el proyecto sectorial del parque de tecnología alimentaria de Mougás, en Oia, por no ser ajustado a derecho al no incluir el estudio de alternativas posibles para el estudio de impacto ambiental.

 

El alto tribunal estima de forma parcial el recurso de casación interpuesto por el camping Mougás contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que confirmó dicho acuerdo en relación con la aprobación de este proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.

 

Esgrime en su sentencia que la exigencia legal de presentar una exposición de las principales alternativas estudiadas y una justificación de las principales razones de la solución adoptada, impuesta al promotor del proyecto sometido a evaluación de impacto ambiental, no opera cuando el instrumento que da cobertura al proyecto ya fue sometida a evaluación de impacto ambiental. Añade que "en ningún pasaje" del texto de la sentencia recurrida se expresa que las determinaciones del plan sectorial de parques de tecnología alimentaria contienen una especificación de las alternativas medioambientales posibles del parque de Mougás ni, como consecuencia, de la justificación de la solución adoptada.

 

El Tribunal Supremo indica que del plan sectorial de parques de tecnología alimentaria, que comprende un total de 23 parques ubicados a lo largo de la costa gallega, se infiere que el estudio de alternativas medioambientales posibles aparece "como una exigencia de los proyectos que ha de abarcar distintas esferas".

 

La sentencia destaca que si se observan las específicas determinaciones que dicho plan contiene respecto al parque de Mougás "se comprenderá que no contiene, como es lógico, una descripción de las alternativas, ya que corresponde al proyecto detallarlas, según la propia normativa del plan". En relación con el parque de Mougás, apunta que "se limita a expresar que el parque está situado en suelo rústico de protección de costas y en suelo no urbanizable sin especial protección" y que el plan sectorial propone calificar los terrenos sobre los que se implantará el parque como suelo rústico de protección de costas.

El TS anula el proyecto sectorial del parque de tecnología alimentaria de Oia