viernes. 07.02.2025
La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, acoge este martes la primera sesión del juicio contra el hombre que mató a su sobrino de tres años en septiembre de 2020, con la petición de que se celebre a puerta cerrada.

El juicio, que se prevé que se alargue durante nueve jornadas, tiene marcada mañana su primera sesión en la que la magistrada Ana Belén Sánchez González consultará al tribunal del jurado popular si la vista se celebra a puerta cerrada como solicita tanto la defensa del acusado como la Fiscalía o en una vista pública como reclama la acusación popular, que ejerce la fundación Amigos de Galicia.

En el escrito del Ministerio Fiscal se solicita además que se prohíba ya la difusión de información sobre la celebración del juicio que pueda facilitar la identificación de la víctima menor de su familia y de su entorno limitándose la publicidad en este sentido así como la obtención divulgación y publicación de imágenes relativas a familiares y entorno familiar del menor fallecido.

A esta petición también se ha sumado la madre del menor y hermana del acusado.

Sin embargo, la Fundación Amigos de Galicia entiende que no tiene lugar que el juicio se celebre a puerta cerrada pues fue un caso sonado en la ciudad y, en el primer momento, se recogieron imágenes del lugar de los hechos.

En las primeras informaciones sobre el caso, recuerda la acusación, "se identificaba perfectamente a la familia e incluso al menor".

El acusado se enfrenta a una condena de prisión permanente revisable, que piden la Fiscalía y la acusación popular mientras que la defensa, por su parte, pide la libre absolución pues alega que lo ocurrido fue fruto de un brote psicótico.

Los hechos se remontan a septiembre de 2020 cuando el acusado se encontraba jugando con su sobrino en la vivienda familiar cuando lo acompañó hasta el baño.

Según el escrito de acusación, tras cerrar con llave la puerta principal de acceso a esa planta y la del baño, y "con ánimo de acabar con la vida, sabedor de que el pequeño no podía defenderse dada su corta edad”, el acusado se colocó sobre él y lo asfixió tapándole la nariz y la boca.

En el escrito de calificación se refiere que no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal pero la defensa sostiene que el acusado presentaba afecciones psiquiátricas previas y que en el momento del suceso sufrió un colapso neurológico abrupto como consecuencia de un tumor que había padecido de niño.

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