viernes. 29.03.2024

El juzgado de primera instancia número uno de A Coruña ha condenado a Bankia a abonar más de 15.000 euros a un jubilado coruñés que compró acciones de la entidad cuando ésta salió a bolsa. En una sentencia con fecha 30 de septiembre a la que ha tenido acceso EFE, el juez declara "la nulidad de la orden de suscripción de acciones de Bankia S.A." por parte del jubilado que interpuso la demanda.

 

Condena "a la entidad demandada a proceder a la restitución del importe satisfecho por la suscripción, que asciende a 14.996,25 euros, más los intereses legales correspondientes desde el 5 de julio de 2011". Se trata de una reclamación puesta por Laterna Abogados sobre un asunto que para el juez "no es complejo" porque no "se discute el perfil de los actores" y "lo único que se debate es si la información suministrada por la entidad bancaria en la oferta pública de suscripción de acciones, es correcta o no". En este sentido, recuerda que "en las cuentas anuales del ejercicio del año 2011, presentadas sin auditar, formuladas en marzo de 2012, la cifra de ganancias era de 305 /309 millones de euros".

 

En cambio, "cuando se reformulan, en mayo de 2012, con alcance retroactivo, se pasa a unas pérdidas de 4.369 millones de euros", una diferencia sustancial que invalida la compra de las acciones, que se adquirieron cuando se pensaba que la entidad tenía resultados positivos.

 

"Es cierto que los estados provisionales para la salida a bolsa no se reformularon, pero ese no es el tema, sino pura y simplemente la disparidad que existe entre unas ganancias plasmadas en 305/309 millones de euros, según cuentas formuladas en marzo de 2012 y una pérdidas para el año 2011 de 4.369 millones, según reformulación de mayo de 2012. Y esa brutal discrepancia la entidad bancaria no la explica", agrega.

Condena a Bankia a pagar más de 15.000€ a un coruñés que compró acciones