viernes. 29.03.2024

La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a los quince acusados de haber divulgado un vídeo de contenido sexual en la localidad de Ordes entre 2004 y 2005, que se libran de la cárcel por el atenuante de dilaciones indebidas. La sección primera de la Audiencia acogió hace dos semanas un juicio contra dieciocho acusados -que se quedaron en quince- de haber difundido un vídeo de una joven masturbándose, para los que la Fiscalía pedía penas de prisión de entre dos y ocho años y la acusación particular solicitaba entre tres y diez, según el caso.

 

El principal acusado, Javier M.B., ha sido condenado a un año y nueve meses de prisión más 15.000 euros de indemnización y los gastos de eliminar el documento de internet "como autor responsable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, ya definido y concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas". Es la pena más alta, pues para él se pedían entre ocho y diez años, mientras que para el apodado como "Cristalero" -del que decían que había vendido la grabación-, el que subió el vídeo a una página web y el que lo reprodujo ante un grupo de personas en el local de Protección Civil, están condenados a once meses de cárcel.

 

La Audiencia considera que son "responsables de delito de descubrimiento y revelación de secretos, ya definido y con el concurso de la atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada" por lo que tendrá que abonar una multa de 1.800 euros. Tanto el que " hizo múltiples copias en discos y las fue ofreciendo por Ordes, singularmente en la concurrida piscina municipal" como el que subió el documento a una web -que tendrá que pagar hasta 5.000 euros de gastos de eliminación- abonarán 9.000 euros de indemnización mientras el otro condenado pagará 6.000.

 

Los otros once acusados -para los que se pedía entre dos años y un mes y tres años de cárcel- son "autores responsables de otros tantos delitos de descubrimiento y revelación de secretos" con una pena de prisión se siete meses, una multa de 1.800 euros y una indemnización de 3.000. Asimismo, han quedado absueltos los tres acusados de un delito de provocación sexual y se ha ratificado la absolución de los tres para los que se habían retirado los cargos durante el juicio. Los magistrados consideran probado que en junio y julio de 2004 la chica, de veintiún años, se grabó a sí misma en unos vídeos de contenido sexual.

 

En una publicación local, en septiembre, localizó las imágenes y las copió sin autorización "generando así la expansión pública" y ella, enterada el 5 de agosto de 2005 de "la difusión casi masiva en Ordes a través de la información transmitida por sus amigas, denunció en la Guardia Civil" lo que estaba pasando el día 8 de agosto. "A causa de esta publicidad local, (la víctima) cambió su residencia y sufrió daño psíquico por estrés cronificado que se reinstaura y tiene carácter permanente; están afectadas sus relaciones sociales", relata la sentencia.

 

Todos se librarán de entrar en prisión por el atenuante de dilaciones indebidas ya que la sala considera "una disfunción extraordinaria e indebida en la tramitación de la causa, que no es atribuible a los inculpados ni guarda proporción con su complejidad", de la que piensa que "es irrazonable por su duración mayor de lo previsible o tolerable".

 

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