jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha rebajado da 12 años de cárcel como autor de un delito de homicidio.

Contra este fallo cabe interponer recurso de casación ante el

e 15 a 12 años de prisión la condena a un exmilitar que degolló a un hombre en Ordes (A Coruña) con el que previamente había discutido porque no aprecia alevosía en el crimen y, por tanto, considera que se trató de un homicidio.

Los hechos ocurrieron sobre las cuatro de la mañana del 17 de julio de 2016 en el campo de la feria de esta localidad coruñesa, donde el acusado apuñaló a la víctima en el cuello cuando caminaba por la calle de camino a su casa.

La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego considera acreditada la autoría del crimen pero rechaza que se haya probado que el ataque fue por sorpresa y que la víctima careció de posibilidad de defensa.

Esto supondría la existencia de la agravante de alevosía, indispensable para la condena por asesinato que le impuso la Audiencia Provincial de A Coruña.

"La Sala comparte en este extremo el criterio del recurrente, pues ninguna prueba existe sobre la apreciación de esta circunstancia", indica el TSXG en la sentencia en la que condena al acusado

Tribunal Supremo. 

El TSXG rebaja la condena al exmilitar de Ordes (A Coruña) por homicidio