domingo. 09.02.2025

Un juzgado de A Coruña ha reducido la multa que había impuesto la Dirección General de Tráfico (DGT) a un conductor que iba a 174 kilómetros por hora porque en la sanción no se aplicó el margen de error.

 

El juzgado de lo contencioso-administrativo número cuatro de A Coruña emitió una sentencia el pasado 2 de diciembre con la que cambia una multa de cuatrocientos euros por otra de trescientos, que podrá ser abonada con una bonificación del cincuenta por ciento. El recurrente alegó "vulneración del derecho a la presunción de inocencia y haberse provocado indefensión" porque "no se ha aplicado margen de error a la medición de la velocidad".

 

La magistrada detalla que "no se ha dado traslado del certificado de verificación de la instalación que sirve de soporte al cinemómetro" y por eso estima la petición del infractor. A éste le iban a retirar cuatro puntos del permiso de conducir por circular a 174 kilómetros por hora y, al aplicar el margen de error, la velocidad se queda en 165 kilómetros por hora y tendrá dos puntos menos.

Un juez reduce una multa por ir a 174 km/h por no aplicar el margen de error