viernes. 07.02.2025

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado visto para sentencia el juicio contra Carmen R. S. por la presunta apropiación indebida de dinero destinado a inversiones para hacer negocios con bienes adquiridos en subastas judiciales.

 

La fiscalía pide para la acusada un total de 9 años de cárcel por un delito de apropiación indebida o estafa con agravantes de multireincidencia. Anteriormente, C. R. S. había estado en prisión por delitos de estafa y, en el momento de los hechos, gozaba -según la acusación- de una libertad en tercer grado tras la refundición de sus condenas. La defensa ha solicitado la libre absolución, al considerar que no se ha probado la implicación de la acusada en materia de engaño o apropiación indebida y que C. R. S. era tan solo una mediadora.

 

La propia acusada ha anunciado que recurrirá la decisión en caso de ser desfavorable y que presentará una querella criminal contra uno de los letrados de la acusación particular que la tildó de "delincuente económica". C. R. S. llegó a obtener, según estima la acusación, una cantidad total cercana a los 800.000 euros destinados a inversiones con bienes procedentes de subastas judiciales en un período de tan solo año y medio. Según han explicado los testigos, el modus operandi era habitualmente el mismo. Los inversores accedían a la acusada recomendados a través de conocidos y bajo la promesa de ganar siempre variables cantidades de dinero en operaciones totalmente legales.

 

Tras hacerse con la confianza de estas personas, C. R. S. recibía supuestamente el dinero, normalmente en metálico, y se redactaba un acta notarial de la transferencia y su finalidad. Esto, presuntamente, transmitía confianza a los inversores a la hora de depositar su dinero, al igual que los regalos que la acusada solía hacer a sus clientes. Una vez recibido el dinero, era enviado a los subasteros, que se encargaban de acudir a las subastas y de adquirir los bienes y a quienes la presunta estafadora se ha negado a identificar aludiendo a su "código deontológico".

 

Finalmente, la operación concluía con el retorno a los inversores de los beneficios derivados de su aporte económico, pero no de la totalidad de éste. A las numerosas llamadas de los afectados que trataban de recuperar su dinero, la acusada respondía -según los testigos- con excusas y aplazamientos del pago hasta el punto que éstos decidieron interponer una demanda. La sentencia del caso se publicará en los próximos días.

Visto para sentencia un juicio de apropiación indebida en subastas judiciales