viernes. 19.04.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha autorizado a la Xunta de Galicia a mantener la limitación en toda la comunidad del derecho de reunión por el incremento del casos de covid.

El tribunal entiende en un auto que las medidas "cumplen las exigencias de ser necesarias y proporcionadas" porque los datos revelan "un preocupante aumento en la transmisión de la infección", sostiene.

De esta forma, el número de personas que se pueden reunir en espacios públicos o privados son seis en interiores y diez en exteriores, y también se prohíben encuentros entre no convivientes entre las tres y las seis de la madrugada.

Tras examinar el informe de la Consellería de Sanidad y constatar que las medidas propuestas "responden a una situación clara de incremento en el virus", aseguran que las limitaciones "no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social".

Por ello, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG también ha autorizado a la Xunta ascender de nivel de riesgo a determinados municipios en los que ha empeorado la evolución del virus, lo que conlleva que el nivel de restricción sea más elevado entre la una de la madrugada (hora de cierre de los establecimientos nocturnos) y las seis.

En la última semana, según ese informe de Sanidad, no se registraron casos en 35 ayuntamientos.

El documento especifica que entre el 13 y el 19 de julio se realizaron 80.831 pruebas diagnósticas -49.625 PCR y 31.206 de antígenos-, con un porcentaje de positividad a siete días del 10,78 %, lo que supone un aumento del 42 % respecto a los test realizados entre el 6 y el 16 de julio.

El informe también refleja que la incidencia acumulada a siete y 14 días fue de 334 y 602 casos por cada 100.000 habitantes, respectivamente, valores que son un 25 % y un 55 % superiores a los de hace una semana.

Pese a estos datos, el TSXG ha tenido en cuenta factores como los demográficos o los brotes descontrolados a la hora de proponer las limitaciones de agrupamientos, en general, y las más limitadas en los municipios que presentan unas incidencias más adversas.

Contra este auto cabe presentar recurso de casación ante del Tribunal Supremo.

El TSXG autoriza a la Xunta a limitar el derecho de reunión por el aumento de casos