Agentes de la Policía Nacional han llevado a cabo en todo el territorio nacional la Operación “LIBITINA”, dirigida contra el cobro indebido de pensiones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), cuantificándose el fraude cerca de los dos millones de euros. Con anterioridad al establecimiento de los controles actuales por parte de la Administración, la labor de detección de fallecimientos era bastante tediosa y compleja, apareciendo a fecha de hoy defunciones de pensionistas no detectados en su momento a los que se les ha seguido abonando la pensión en los años posteriores.
Las investigaciones comenzaron a principios del presente año mediante el requerimiento de actuación a la Sección de Investigación de la Seguridad Social por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, con la información obtenida de las entidades financieras a requerimiento de la Tesorería General la Seguridad Social en su condición de pagador, al haber detectado varios casos en los que seguía abonándose las mensualidades de la prestación a personas fallecidas, siendo sus actuales perceptores quienes mediante la simulación, o falseamiento, de la vivencia de las personas muertas seguían beneficiándose de esta ayuda económica.
Una vez confirmada la existencia de estas irregularidades delictivas, por parte de la Sección de Investigación de la Seguridad Social, se coordinó un dispositivo policial que englobaba a las provincias de Alicante, Almería, Cantabria, Córdoba, Las Palmas, Lérida, Lugo, Madrid, Málaga, Pontevedra y Valencia, que culminó con la implicación de los investigados por delitos de fraude de prestaciones, estafa y falsedades documentales. Se han revisado 27 expedientes, siendo investigadas 62 personas, de las que resultaron implicadas 19 de ellas por el fraude de 1.932.211,27€ al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
Los responsables del delito han resultado ser familiares de las personas fallecidas, siendo estos principalmente hermanos/as, hijos/as y sobrinos/as. Se ha dado la circunstancia, que en ciertos expedientes los causantes de la actividad delictiva se encontraban ya fallecidos, por lo que si bien se dio cuenta al Juzgado, no se ha podido tomar declaración a ningún responsable. En todos los casos se ha realizado un informe patrimonial de las personas implicadas, con el fin de que la Tesorería General de la Seguridad Social pueda solicitar el embargo de aquellos bienes que considere oportuno, o en su caso el Juzgado que entienda de cada una de las causas pueda utilizarlos con el fin de cubrir las responsabilidades oportunas.
A destacar
Llama la atención el caso de una pensionista de la Comunidad de Madrid, que estuvo cobrando 31 años su prestación una vez fallecida, desde marzo del año 1985 hasta octubre de 2016, con un montante total de 173.170,43€ defraudados. El pago de la prestación se hacía en una entidad bancaria, en la que la hija de la fallecida estuvo domiciliando recibos ordinarios y sacando el dinero que consideraba necesario para sus gastos, engañando a la Administración de todas las formas posibles.
Para ese ardid, solicitó diversos Certificados de Fé de Vida de su madre fallecida en el Registro Civil de Madrid, entregando estos documentos posteriormente a la entidad bancaria y a la Seguridad Social, con el único fin de poder seguir beneficiándose de la pensión de su madre. En otras ocasiones entregaba fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la fallecida, junto con el suyo, con el único fin de acreditarse como persona facultada de su madre, como cuando necesitó ponerse como autorizada en la cuenta bancaria dónde se cobraba la pensión.
Motivaciones
Entre las motivaciones más comunes estaban la de no saber que no tenían derecho a seguir percibiendo ese dinero, que ya se lo habían dicho a la entidad bancaria pero como seguían cobrándolo hacían el uso del mismo, así como que la vida está muy mal y su dinero legal no llegaba para poder mantenerse en el día a día.
Pero sin duda, la más insólita fue la que una mujer manifestó ante los policías actuantes, cuando al ser preguntada por el motivo por el que seguía haciendo uso de la pensión de su madre fallecida, contestó que “aún no había asumido el fallecimiento de su madre” y por lo tanto consideraba que todavía le correspondía el cobro legal de dicha pensión.
Colaboración con las entidades bancarias
La Orden de 22 de febrero de 1996, para la aplicación y desarrollo del Reglamento General de la Gestión Financiera de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1391/1995, de 4 de agosto, hace responsable a la entidad financiera de la devolución a la Tesorería General de la Seguridad Social de las mensualidades abonadas correspondientes al mes o meses siguientes al de la fecha de extinción, por fallecimiento, del derecho a la prestación de que se trate.
Todas las mensualidades abonadas con posterioridad al fallecimiento del titular de la prestación se han reclamado a las entidades financieras donde tenían aperturadas las cuentas del titular fallecido, mostrando éstas a lo largo de las presentes actuaciones su estrecha colaboración, dando como resultado la recuperación de un elevado porcentaje de los fondos abonados tras el fallecimiento del titular. La cuantía retrocedida, y por lo tanto recuperada para las arcas del Estado, ha supuesto un monto total aproximado de un millón de euros.
La actualidad en el INSS
En los últimos diez años ha tenido lugar un proceso de avances tecnológicos sin precedentes, en los que el desarrollo de las nuevas tecnologías ha permitido lograr una interconexión y comunicación telemática entre Administraciones muy avanzada. Estos avances han permitido la implantación de diversos controles de la fe de vida de los beneficiarios de prestaciones periódicas, haciendo uso de los sistemas de interrelación telemática entre Administraciones.
De este modo, existen diversos procedimientos automatizados -algunos de ellos con periodicidad diaria- a través de los cuales se accede a una serie de fuentes con la finalidad de cruzar las bases de datos de titulares con bases de datos en la que constan defunciones y otras .eventualidades.
Todas las comprobaciones descritas anteriormente son automáticas y muchas de ellas se producen en tiempo prácticamente real, habiéndose logrado grandes avances en el control de la pervivencia de los beneficiarios de prestaciones del Sistema de Seguridad Social, lo cual hace cada vez más difícil a los defraudadores conseguir el cobro indebido de prestaciones.