Un juzgado mercantil ha condenado al Santander a devolver los gastos hipotecarios indebidamente cobrados a los clientes que presentaron una demanda colectiva y a aquellos que no se sumaron desde el principio. La sentencia del juzgado mercantil de Pontevedra, fechada el pasado 11 de noviembre, obliga al banco a devolver el 100 % de los gastos de registro, tasación y gestoría, y el 50 % de los gastos de notaría, tanto si la hipoteca está en vigor como si fue cancelada en su día.
Asimismo, declara nula por abusiva la cláusula que imponía a los clientes el pago de todos los gastos de formalización de la hipoteca, e insta a la entidad financiera a no volverla a incluir en sus contratos. En esta ocasión, el juzgado ordena que se reembolsen los gastos indebidamente cobrados a "los adheridos a esta demanda, sus causahabientes, o los que pudiesen adherirse posteriormente", y también a aquellos cuyos préstamos no estén ya en vigor y hayan sido cancelados o finalizados.
De este modo, señala la asociación de consumidores Adicae, que fue la responsable de la demanda, deben reconocerse "los derechos de los consumidores que se hayan visto vulnerados, aunque ya ni siquiera exista el contrato en cuestión". Desde Adicae destacan no sólo que entre los gastos que deben restituirse a los consumidores figuran los gastos de registro y la mitad de los gastos de notaría, sino también el 100 % de los gastos de tasación como los de gestoría, importes que ascienden a unos 1.100 euros de media para cada consumidor. El juzgado invoca distintas sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para declarar nula a todos los efectos la cláusula del préstamo que obligaba a los hipotecados a hacerse cargo de todos los gastos.