viernes. 29.03.2024

La Audiencia Provincial de A Coruña ha publicado una sentencia, fechada el 12 de enero de 2017, en la que emite su primer fallo contra una entidad bancaria por motivo de las cláusulas suelo en los contratos hipotecarios, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictase la jurisprudencia en este asunto.

 

Así pues, el Banco Popular deberá restituir a la demandante las cantidades cobradas de más por la aplicación de esta cláusula desde la firma del contrato y no desde la anterior sentencia del Tribunal Supremo en mayo de 2013.

 

"Sin perjuicio -aclaran los magistrados- de la reducción del diferencial que eventualmente haya sido aplicada en cada anualidad conforme al contrato".

 

El dictamen de la Audiencia Provincial considera igualmente nulas y abusivas otras cláusulas de este contrato hipotecario, por lo que condena al Banco Popular a no aplicar las previsiones de vencimiento anticipado del préstamo en caso de incendio, expropiación, embargo o infracción de alguno de los pactos establecidos en la escritura.

La Audiencia Provincial de A Coruña emite su primer fallo contra las cláusulas de suelo