domingo. 26.03.2023

Pena de 2,5 años a dueño de un bar de alterne por no dar de alta trabajadoras

El Supremo ha condenado a dos años y medio de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores al dueño de un bar de alterne de Pontevedra en el que una inspección de la Seguridad Social encontró a diez trabajadoras realizando "funciones de alterne" sin haber sido dadas de alta.

El Supremo ha condenado a dos años y medio de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores al dueño de un bar de alterne de Pontevedra en el que una inspección de la Seguridad Social encontró a diez trabajadoras realizando "funciones de alterne" sin haber sido dadas de alta.

 

El camarero y la recepcionista eran los únicos de los doce trabajadores del local que habían sido dados de alta ante la Seguridad Social debidamente, mientras que el resto, diez mujeres que "realizaban funciones de alterne" según la propia sentencia, no habían sido contratadas, salvo en un caso. La única de ellas que había sido contratada "carecía del debido permiso para trabajar en España", algo que sabía el dueño del local, dice al sentencia.

 

En el recurso de la defensa se recuerda al tribunal que las personas que estaban en el local, es decir, las mujeres de alterne, no estaban trabajando allí, eran clientes. Sin embargo, los agentes de Extranjería y las inspectoras de la Seguridad Social manifestaron que las mujeres realzaban funciones de alterne con horario y retribución para ello y vestidas con ropa corta y sugerente.

Pena de 2,5 años a dueño de un bar de alterne por no dar de alta trabajadoras
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