viernes. 29.03.2024

El Juzgado de instrucción número tres de A Coruña ha acordado el sobreseimiento de la causa contra el expresidente del Banco Pastor, José María Arias, y el ex consejero delegado, Jorge Gost, por varios presuntos delitos, entre ellos la administración fraudulenta de la entidad.

 

Arias y Gost habían sido imputados ante los juzgados de A Coruña por supuesta administración fraudulenta, delito societario, falsedad documental y dos delitos más relativos al mercado y los consumidores, además de una supuesta estafa según la querella.

 

Los hechos objeto de la querella remontan a los ejercicios 2008, 2009 y 2010 cuando un denunciante catalán Manuel G.S. supuestamente demostró que "las cuentas de la sociedad eran falseadas mediante una trama financiera articulada con sociedades de las que el propio Banco Pastor era propietario".

 

"La operativa diseñada permitía dar apariencia de solvencia a un banco que estaba en quiebra legal y en esa situación se dirigía al mercado de valores y lanzaba preferentes y acciones para ser suscritas las emisiones por pequeños clientes minoristas", añaden los querellantes.

 

En un auto con fecha del 3 de julio pasado, al que ha tenido acceso EFE, la juez acuerda "estimar el recurso" de los imputados con lo que decide "el sobreseimiento libre de la causa, sin perjuicio del ejercicio de acciones que a su derecho convenga". La titular del Juzgado da la razón a los querellados y desestima el "recurso de reforma" del querellante, puesto en su momento tras el primer auto de sobreseimiento del caso. El fallo hace hincapié en la conclusión emitida por el Banco de España sobre los informes realizados por una perito, en el que se basó la querella, y los peritos KPMG, ambos "contradictorios".

 

Este escrito del Banco de España, al que ha tenido acceso EFE, considera que el primer informe se realiza "sin base suficiente para ser tenido en consideración para ningún fin".

 

Se elaboró "con un erróneo enfoque del análisis, poco rigor y mucha ligereza a la hora de alcanzar conclusiones, que lo inhabilitan para servir de base a un proceso criminal", explica. "Por el contrario, consideramos el informe de KPMG bien fundado, realizado con conocimiento de la normativa contable aplicable y que motiva de forma detallada y acercada todos y cada uno de los errores contemplados en los informes de la perito", concluye.

Sobreseída la causa por presunto fraude contra la excúpula del Banco Pastor