jueves. 01.05.2025

Una reforma legal que entra en vigor este jueves permitirá que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten como juicios rápidos, lo que podría suponer desalojos en un plazo de 15 días desde la denuncia. La medida modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal y añade las okupaciones al listado de procedimientos abreviados, como ya ocurre con hurtos, robos o delitos de tráfico.

Esta nueva vía busca agilizar la respuesta judicial ante uno de los fenómenos que más preocupación genera entre propietarios y vecinos. Sin embargo, desde sectores judiciales y profesionales del ámbito legal se advierte que la complejidad de muchos casos puede dificultar su resolución exprés, ya que suelen requerir identificaciones, valoraciones de daños o comprobación de documentación.

Además, se señala que el sistema judicial actual no está preparado para asumir estos plazos, y que en la práctica muchos procedimientos podrían derivar finalmente en trámites ordinarios, con retrasos similares a los actuales.

Por otro lado, esta reforma no afecta a los inquilinos morosos —conocidos como "inquiokupas"—, ya que existe un contrato de arrendamiento previo, aunque haya dejado de cumplirse. En estos casos no se aplica el juicio rápido, al no considerarse usurpación ni allanamiento.

Mientras tanto, en algunas comunidades como Cataluña, los tribunales han empezado a permitir que los propietarios corten servicios básicos como luz o agua en viviendas ocupadas, sin que ello se considere delito de coacción. Una tendencia que podría extenderse a otros territorios en respuesta al aumento de estos casos.

La reforma busca ofrecer una respuesta más ágil frente a las okupaciones, pero su eficacia dependerá de los medios y del desarrollo práctico en los juzgados.

Las okupaciones podrán juzgarse por la vía rápida desde este jueves