sábado. 20.04.2024

La Xunta de Galicia destinará 1 millón de euros a ayudas a comunidades de propietarios de viviendas de promoción pública para reparación, rehabilitación y/o adaptación de los edificios de viviendas promovidos por el IGVS o transferidos a la Comunidad autónoma, según establece la resolución que hoy publica el Diario Oficial de Galicia con la convocatoria de las mismas para 2021.

De estas subvenciones, que ya favorecieron la cerca de 2.800 viviendas de promoción pública desde 2016, podrán beneficiarse las comunidades de propietarios de los edificios de viviendas protegidas promovidos por el IGVS y de los transferidos a la Xunta siempre que no recibieran otra ayuda del IGVS para realizar obras por el mismo concepto en los diez años inmediatamente anteriores al de la convocatoria.

Los edificios que opten a las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Que su edificio reúna las necesarias condiciones de seguridad estructural. De no ser el caso, la comunidad solicitante deberá acreditar la realización simultánea de las obras que garanticen que el edificio tendrá las condiciones necesarias de seguridad estructural.
b) Que no estén incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 de la Ley de subvenciones de Galicia.
c) Que sean seleccionadas conforme a la prelación realizada en aplicación del baremo previsto en las bases de 4 de abril de 2019 y conforme a la disposición presupuestaria existente.

Actuaciones subvencionables
Serán consideradas actuaciones subvencionables todas aquellas obras destinadas a la reparación, rehabilitación y/o adaptación de los edificios incluidos en el ámbito de aplicación de estas ayudas que comprendan todos o algunos de los siguientes trabajos:

a) Adecuación de las condiciones de seguridad: obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad estructural o constructiva, de manera que garanticen su estabilidad, resistencia y solidez, seguridad contra incendios, así como obras de seguridad frente a accidentes o siniestros.

b) Adecuación de las condiciones de habitabilidad: obras que proporcionen al edificio estanquidad frente a la lluvia y a la humedad, aislamiento térmico y acústico, o mejora de las instalaciones de calefacción.

c) Adecuación funcional: obras que proporcionen al edificio mejora de los accesos a los servicios generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc., así como la adecuación de estas obras a la correspondiente normativa.

d) Adecuación de las condiciones de accesibilidad: obras de supresión de barreras arquitectónicas, tales como instalación de ascensores, cuestas, u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial.

Las actuaciones deberán ajustarse a la normativa técnica aplicable vigente en el momento de su ejecución y podrán estar iniciadas en el momento de solicitar la subvención siempre que no hayan comenzado antes de 1 de enero de 2021 y no hayan ejecutado más de un 60 por centenar del coste total de las obras.

La cuantía de la subvención será de hasta el 60% del presupuesto subvencionable y hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

Las solicitudes podrán presentarse durante el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el DOG, por lo que dicho plazo finalizará el 22 de junio de 2021

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