sábado. 20.04.2024
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena a seis años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo a hombre acusado de abusar sexualmente, de forma continuada, de la hija de unos amigos, que tenía 14 años en el momento de los hechos.

El alto tribunal gallego ha rechazado que el investigado desconociese la edad de la víctima. Así, subraya en la sentencia que “el hecho de que la niña no se la dijese verbalmente, no excluye que el procesado la conociese, ni que el tribunal formase su convicción, sin dudas, sobre tal extremo”.

El TSXG señala que los magistrados de primera instancia llegaron a esa conclusión porque la prueba es “ciertamente contundente”, pues ambas familias, la de la víctima y la de condenado, mantenían una “intensa y frecuente relación” y, además, el acusado participó en la celebración del décimo cuarto cumpleaños de la niña.

De hecho, precisa en la resolución que existen “fotografías donde puede verse el número 14, con velas, en una tarta de celebración”.

Además, la Sala de lo Civil y Penal del TSXG recalca que también se acreditó que el procesado tenía conocimiento de los preparativos del décimo quinto cumpleaños de la menor.

“Por todo ello, no podemos compartir el que se esté efectuando una presunción en contra del reo, antes al contrario, se puede afirmar, compartiendo el criterio de la Sala de instancia, que ese conocimiento es una certeza”, destacan los magistrados en el fallo.

Por otra parte, indican que el acusado era “consciente de la ilicitud de su actuación, al indicarle que borrarse los WhatsApp que usaba para concertar las citas”.

El TSXG, por tanto, ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el condenado.

La Audiencia Provincial de Lugo consideró probado que el acusado, que tenía 30 años cuando sucedieron los hechos, se aprovechó de la confianza que tanto él como su esposa tenían con los padres de la víctima para, “con pleno conocimiento de su edad”, comenzar a enviarle mensajes a través de WhatsApp hasta convencerla para que fuese a su domicilio y mantener relaciones sexuales con ella.

Estos hechos sucedieron en, al menos, cuatro ocasiones, según la sentencia.

El testimonio de la víctima, además, está corroborado, según el fallo de la Audiencia, por las declaraciones de su madre y por el contenido del informe psicológico emitido por el Imelga.

Los jueces también destacan la concurrencia de la denominada “persistencia en la incriminación”, pues a lo largo del tiempo la menor mantuvo la misma versión, tanto ante los agentes como ante el juzgado instructor y ante el tribunal de la Audiencia Provincial, durante el juicio.

La existencia de las relaciones sexuales fue admitida por el procesado, quien, sin embargo, negó saber la edad de la víctima, un extremo que también ha rechazado el TSXG.

Confirman seis años de cárcel a un hombre que abusó de la hija de unos amigos