sábado. 20.04.2024
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso de un condenado a once años de cárcel por abusar sexualmente de la hija de su pareja en Lugo, cuando la niña tenía 14 años, prevaliéndose de su relación con la víctima.

Por lo tanto, los magistrados han decretado que la pena a imponer debe ser de nueve años de prisión, es decir, en su grado mínimo.

Indican en su resolución que la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Lugo no detalla cuáles son las “circunstancias” que llevaron al tribunal “a elevar la pena impuesta con relación al mínimo y la razón por la que ello es lo proporcionado con los hechos”.

Así, explican que ese delito se castiga con penas que oscilan entre nueve y doce años de cárcel, al tiempo que subrayan que “la imposición de la pena por encima del mínimo de la mitad superior precisa de alguna argumentación complementaria que permita al acusado y a las partes conocer cuál es la razón por la que el tribunal optó por una determinada cuantía de la pena y no por otra”.

Sobre todo, “si se ha sobrepasado en casi dos años el mínimo de la pena resultante al calcular la mitad superior”, recalca el TSXG en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso. 

Rebajan dos años la pena a un condenado por abusar de la hija de su pareja