martes. 30.05.2023

El Supremo confirma la nulidad del parque eólico de Oribio (Lugo)

La Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (ADEGA), la Sociedade Galega de Ornitoloxía (SGO) y la Fundación Oso Pardo (FOP) celebran la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la nulidad de la autorización del parque eólico previsto en la Serra do Oribio (Lugo).
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La Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (ADEGA), la Sociedade Galega de Ornitoloxía (SGO) y la Fundación Oso Pardo (FOP) celebran la sentencia del Tribunal Supremo que confirma la nulidad de la autorización del parque eólico previsto en la Serra do Oribio (Lugo), cuya autorización había sido otorgada en el año 2019, en base a una declaración de impacto ambiental (DIA) concedida catorce años antes.

Estas organizaciones recuerdan que esa declaración de impacto ambiental, concedida en 2005 fue para un proyecto tramitado bajo la misma denominación, en los mismos terrenos, pero “sustancialmente distinto” al actual.

El Supremo “pone fin así a los intentos de la Xunta de Galicia por salvar el proyecto promovido por FERGO VENTO SL en la Serra do Oribio y da la razón a las organizaciones conservacionistas y ecologistas que en 2019 impugnamos la autorización en primera instancia, argumentando que no fue conforme a derecho, ya que su construcción no era compatible con la conservación de la riqueza natural y cultural de este territorio, ni con su desarrollo sostenible”, indican estos colectivos en un comunicado.

Inciden, además, en que el proyecto “no cumplía las disposiciones del Plan Director de la Red Natura 2000 en Galicia” y, de hecho, “las obras ya habían sido paralizadas cautelarmente por la justicia en 2019 al no contar con la documentación reglamentaria”.

La empresa promotora y la Xunta presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo una vez que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) les dio la razón a las tres organizaciones conservacionistas que presentaron el recurso.

“El proceso concluye ahora con un nuevo espaldarazo de la Justicia a la conservación de este espacio natural. El Tribunal Supremo reprocha que la Xunta hiciera valer un procedimiento de evaluación de impacto ambiental claramente obsoleto, obviando la caducidad de la DIA y las sucesivas protecciones legales que se fueron otorgando a la zona”, añaden.

Las entidades ecologistas que presentaron el recurso opinan que esta sentencia pone punto y final al proyecto de un parque eólico en la Serra do Oribio y anuncian que solicitarán la restauración de las zonas afectadas por las obras.

“Esta sentencia es un importante paso para la protección efectiva de la exigua Red Natura en Galicia, salvaguardando uno de sus espacios más emblemáticos”, precisan.

Por otra parte, recuerdan que “es relevante que el Tribunal Supremo ha realizado el esfuerzo de fijar jurisprudencia sobre la caducidad de las declaraciones de impacto ambiental. Se trata, por tanto, de un pronunciamiento que va más allá del caso particular de Oribio y que puede resultar determinante para muchos otros supuestos también fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, al interpretar la normativa estatal”.

La Serra do Oribio se sitúa entre los municipios de Triacastela y Samos, en la provincia de Lugo, y es la estribación más septentrional del espacio natural de O Courel. Está catalogada como Zona Especial de Conservación (ZEC Ancares-Courel) y Zona de Especial Protección de los Valores Naturales (ZEPVN), dentro de la Red Natura 2000 de Galicia, y ahora también Reserva de la Biosfera.

Es una zona de presencia reciente de oso pardo, dentro del proceso de expansión natural de la especie hacia el occidente. De hecho, desde el año 2017, en esta zona se ha desarrollado el proyecto Life Oso Courel con el objetivo de favorecer el asentamiento permanente del oso pardo en la Serra do Courel, y favorecer la convivencia entre los osos y las actividades humanas. 

El Supremo confirma la nulidad del parque eólico de Oribio (Lugo)
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