21 de noviembre de 2022, 15:18
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nula la sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo que condenó, de acuerdo con el veredicto del tribunal del jurado, a prisión permanente revisable a una vecina de Muimenta (Lugo) por asesinar a su hija de siete años en mayo de 2019 y ha ordenado repetir el juicio.
La Sala de lo Civil y Penal, que ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la condenada, ha ordenado la devolución de la causa a la Audiencia Provincial de Lugo para la celebración de un nuevo juicio con diferente tribunal.
Los magistrados concluyen que la resolución carece de motivación en un “elemento esencial”: la determinación del grado de imputabilidad de la acusada.
Así, explican que esa cuestión es “el verdadero caballo de batalla de la causa”, habida cuenta de que, “al margen de determinadas circunstancias, de todo punto inocuas”, la acusada dio muerte a su hija.
La madre fue condenada a prisión permanente revisable después de que el jurado considerara acreditado que había suministrado un fármaco con efectos sedantes a la pequeña y a continuación la asfixió.
El jurado, basándose en los informes de la prueba pericial de psicología y de psiquiatría, estimó entonces que no existía una relación directa entre el trastorno que sufre la acusada con la acción de dar muerte a su hija.
El TSXG indica que el tribunal del jurado consideró probado que "el trastorno psicótico no especificado" o el "trastorno de la personalidad de tipo mixto que tenía diagnosticado la acusada, afectaba parcialmente a sus facultades mentales", pero "no de forma importante" y, por tanto, no incidía en su "capacidad para comprender la ilicitud del hecho" o "su capacidad de autocontrol y autodeterminación para actuar conforme a dicha comprensión".
El tribunal argumenta que el jurado no motivó su decisión y "un pronunciamiento inmotivado es arbitrario, por más que pueda ser acertado", y añade que a la hora de resolver el recurso de apelación presentado por la acusada no se decide "sobre el acierto de la decisión, sino sobre el modo y manera al que se ha llegado a la decisión que se plasma en el veredicto y, finalmente, en la sentencia".
La sentencia del alto tribunal gallego cuenta con un voto particular en contra de uno de los tres magistrados, quien entiende que el fallo de la Audiencia Provincial de Lugo contiene "una explicación suficiente de la decisión adoptada en el ámbito de la imputabilidad, pues los jurados eran conscientes, por las explicaciones dadas, de la trascendencia de su decisión".
Este pronunciamiento por parte del alto tribunal gallego ha caído como jarro de agua fría sobre el padre de Desirée Leal, que se muestra indignado.
En declaraciones a EFE, José Manuel Leal, dijo que tanto Ana Sandamil “como sus familiares y sus amigos, su pareja, los que fueron a defender a una asesina en el juicio, estarán riéndose a carcajadas y saltando de alegría”.
“Qué quieren ahora. Qué le piden al jurado”, insistió José Manuel Leal, quien dijo que, si quieren veredictos más motivados “que no hagan estos juicios con jurados populares, que juzguen los hechos jueces profesionales”.
Por su parte, la acusación popular considera que la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Lugo fue “precisa” en cuanto a la imputabilidad de la acusada.
“Con todos los respetos al tribunal”, dijo el letrado Francisco Lago, que ejerció la acusación popular en nombre de la Fundación Amigos de Galicia, “la sentencia es precisa sobre ese particular y la prueba practicada así lo demostró”.
“La sentencia es precisa sobre ese punto”, insistió, en base a los informes presentados por los “peritos del Imelga y el psiquiatra del centro penitenciario”, que llegaron “a esa conclusión”.
Contra la resolución cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La Sala de lo Civil y Penal, que ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la condenada, ha ordenado la devolución de la causa a la Audiencia Provincial de Lugo para la celebración de un nuevo juicio con diferente tribunal.
Los magistrados concluyen que la resolución carece de motivación en un “elemento esencial”: la determinación del grado de imputabilidad de la acusada.
Así, explican que esa cuestión es “el verdadero caballo de batalla de la causa”, habida cuenta de que, “al margen de determinadas circunstancias, de todo punto inocuas”, la acusada dio muerte a su hija.
La madre fue condenada a prisión permanente revisable después de que el jurado considerara acreditado que había suministrado un fármaco con efectos sedantes a la pequeña y a continuación la asfixió.
El jurado, basándose en los informes de la prueba pericial de psicología y de psiquiatría, estimó entonces que no existía una relación directa entre el trastorno que sufre la acusada con la acción de dar muerte a su hija.
El TSXG indica que el tribunal del jurado consideró probado que "el trastorno psicótico no especificado" o el "trastorno de la personalidad de tipo mixto que tenía diagnosticado la acusada, afectaba parcialmente a sus facultades mentales", pero "no de forma importante" y, por tanto, no incidía en su "capacidad para comprender la ilicitud del hecho" o "su capacidad de autocontrol y autodeterminación para actuar conforme a dicha comprensión".
El tribunal argumenta que el jurado no motivó su decisión y "un pronunciamiento inmotivado es arbitrario, por más que pueda ser acertado", y añade que a la hora de resolver el recurso de apelación presentado por la acusada no se decide "sobre el acierto de la decisión, sino sobre el modo y manera al que se ha llegado a la decisión que se plasma en el veredicto y, finalmente, en la sentencia".
La sentencia del alto tribunal gallego cuenta con un voto particular en contra de uno de los tres magistrados, quien entiende que el fallo de la Audiencia Provincial de Lugo contiene "una explicación suficiente de la decisión adoptada en el ámbito de la imputabilidad, pues los jurados eran conscientes, por las explicaciones dadas, de la trascendencia de su decisión".
Este pronunciamiento por parte del alto tribunal gallego ha caído como jarro de agua fría sobre el padre de Desirée Leal, que se muestra indignado.
En declaraciones a EFE, José Manuel Leal, dijo que tanto Ana Sandamil “como sus familiares y sus amigos, su pareja, los que fueron a defender a una asesina en el juicio, estarán riéndose a carcajadas y saltando de alegría”.
“Qué quieren ahora. Qué le piden al jurado”, insistió José Manuel Leal, quien dijo que, si quieren veredictos más motivados “que no hagan estos juicios con jurados populares, que juzguen los hechos jueces profesionales”.
Por su parte, la acusación popular considera que la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Lugo fue “precisa” en cuanto a la imputabilidad de la acusada.
“Con todos los respetos al tribunal”, dijo el letrado Francisco Lago, que ejerció la acusación popular en nombre de la Fundación Amigos de Galicia, “la sentencia es precisa sobre ese particular y la prueba practicada así lo demostró”.
“La sentencia es precisa sobre ese punto”, insistió, en base a los informes presentados por los “peritos del Imelga y el psiquiatra del centro penitenciario”, que llegaron “a esa conclusión”.
Contra la resolución cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.