jueves. 18.04.2024
 Un hombre de Xinzo (Ourense) condenado por agresión sexual a una joven americana ha obtenido la excarcelación en virtud de la ley del "sólo sí es sí", como se le conoce, y su abogado Luis Salgado ha dicho en declaraciones a Efe que lo que ha pasado es que la Audiencia de Ourense aplica una norma, que "no se interpreta".

La Ley "del sólo sí es sí" sigue modificando sentencias. Uno de los últimos casos es el de este hombre de 31 años que ahora ha quedado en libertad.

El varón había entrado en la cárcel como autor de un intento de violación a una joven americana que había acudido a la comarca de A Limia a trabajar como cooperante.

Con la nueva Ley, la Audiencia Provincial de Ourense rebajó en doce meses su condena por un delito de tentativa de agresión sexual con acceso carnal, quedando libre al aplicarse a su caso la ley conocida como la de “sólo sí es sí”, norma que fue aprobada el pasado septiembre.

En sus declaraciones a Efe, el abogado del acusado, Luis Salgado, ha puesto en valor esta resolución que supone la "automática excarcelación" de su cliente, autor de un delito de agresión sexual, y ha destacado que el tribunal lo que hace es aplicar la Ley y no interpretarla.

El hombre cumplía tres años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual en grado de tentativa recogido en el artículo 179 del Código Penal (agresión sexual con acceso carnal), condena que con la nueva ley, finalmente, se ha visto reducida a dos años y seis meses, ordenando la Audiencia su inmediata puesta en libertad.

"Se interesó de la Audiencia la revisión de la sentencia y que se adecuase al límite mínimo, que es lo que hizo; le impuso dos años y seis meses. Al llevar cumplidos más se acordó su automática excarcelación", ha explicado el abogado ourensano, quien ha aclarado que en caso de que la otra parte presente recurso de suplicación no afecta a su libertad ya que "no tiene efectos suspensivos".

El hombre, con la antigua legislación, quedaría en libertad en marzo del próximo año.

Para el abogado, "con independencia de la finalidad de la Ley, que la desconozco, lo que tengo claro es que los jueces con este caso de Ourense lo que hacen es aplicar la Ley, no interpretar. No es cuestión de interpretación".

El letrado tiene claro, sin el mínimo resquicio de duda, que la Audiencia de Ourense lo que hace es aplicar la Ley que le han proporcionado.

"No hace una interpretación en un sentido u en otro, por tanto, la finalidad de la Ley o la motivación de la misma no es una cuestión que debamos responder los operadores jurídicos sino que es algo que deberíamos preguntarle al legislativo o ejecutivo, cuál ha sido su finalidad".

Reconoce con todo que la nueva norma puede conllevar "una aminoración de determinadas penas, sobre todo en los tipos base", no así para los casos graves, donde advierte que existe una agravación punitiva en los tipos cualificados cuando concurren determinadas circunstancias (familiares, empleo de armas, acto conjunto).

Según este letrado sí existe una mayor sanción penal, "sobre todo, en cuanto al límite máximo y cuando existe acceso carnal".

En todo caso, no ve repercusiones en cuanto a las víctimas.

Considera que "muchas veces cuando denuncian los hechos no saben la tipificación, porque no son juristas", sino que lo que hacen es poner en conocimiento de la autoridad judicial lo ocurrido. 

Un abogado tras la excarcelación de su cliente: Es la ley, "no se interpreta"