martes. 19.03.2024

 La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a doce años de cárcel -diez por homicidio y dos por conducir sin permiso- a un conductor que mató a un motorista de 37 años cuando circulaba a 125 kilómetros por hora por un tramo limitado a 60, sin permiso de conducir porque había sido privado durante dos años.

Según recoge el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), el tribunal le considera culpable de los delitos de homicidio, conducción temeraria y conducir sin carné y le impone la privación del permiso de conducir por un periodo de seis años.

El trágico suceso tuvo lugar en septiembre de 2019 en la Nacional 525, a su paso por Ourense cuando, tras realizar una maniobra temeraria, arrolló a un motorista y lejos de frenar, aceleró.

Como consecuencia de su maniobra, “el conductor de la motocicleta resultó envuelto y atrapado en los bajos del Audi conducido por el acusado durante una distancia aproximada de cincuenta metros”.

Los magistrados subrayan que el sospechoso, que tenía 36 años, “no solo no frenó su turismo tras contactar con especial violencia con la motocicleta, sino que aceleró y, con ello, arrastró brutalmente al motociclista, lo que a buen seguro le causó la muerte”.

Como consecuencia, llevó arrastrada a la víctima bajo su coche y no frenó.

“Tal y como se demostró en el juicio, el motociclista era muy corpulento y la percepción de su arrastre bajo el turismo era indiscutible. Sabía que, si no frenaba tras el alcance inicial, las consecuencias, plenamente perceptibles, serían letales, y a pesar de ello, continuó su marcha”, recalcan los magistrados.

Los jueces consideran acreditado que el acusado “antepuso su propósito de no ser descubierto -por hallarse privado del permiso de conducir- a aminorar el daño físico a un tercero”, manifiestan los jueces, quienes señalan que, pese a las “reiteradas advertencias” de su copiloto, no detuvo el coche.

La Fiscalía pedía para el encausado penas de hasta veinte años de prisión por delitos de homicidio, omisión del deber de socorro, contra la seguridad vial y encubrimiento. Sin embargo, el juzgado no ve acreditada la comisión del delito de conducción contra la seguridad del tráfico por consumo de droga y alcohol.

“Ciertamente en momento anterior (varias horas antes) el acusado consumió (se desconoce cantidad) cocaína y alcohol pero no aparece probado, a tenor de la prueba practicada, que tal consumo afectase en la conducción del vehículo; extremo que no puede aparecer representado en exclusiva por la ocurrencia de un accidente viario”, abunda la sentencia.

Para ello, la sala se remite al testimonio ofrecido por el copiloto quien sostuvo en el juicio que “no le vio alterado en su conducción, y que lo vio normal”.

Por otro lado, el juzgado ha absuelto a una mujer que también se sentó en el banquillo por supuestamente encubrir al acusado. 

Doce años de prisión por matar a un motorista tras pasarle por encima