sábado. 20.04.2024

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado hoy la condena de ocho años de prisión interpuesta por la Audiencia Provincial de Ourense a un acusado como autor de una agresión sexual, desestimando así el recurso de apelación presentado por su defensa. Además, ha rechazado las alegaciones formuladas por la acusación particular, que reclamaba que fuese también condenado por un delito de lesiones.

 

En el fallo facilitado por el TSXG, los magistrados se han remitido al auto de la Audiencia Provincial y han considerado acreditado que el hombre “violó a la víctima”, a la que había conocido esa noche en un bar, tras acompañarla a su casa, durante la madrugada del 2 de febrero de 2017 en la rampa de un garaje comunitario.

 

Según el escrito, el hombre intentó besarla y, tras negarse, la siguió hasta la altura del garaje, donde “se abalanzó sobre ella y la agredió sexualmente”. De este modo, el TSXG ve “plenamente acreditada” la versión de la víctima de que existió una penetración vaginal “y no el mero tocamiento aducido por el acusado”. Para ello, se remite a la “irreprochable racionalidad” en la valoración de la prueba, que se sustenta en el testimonio de la mujer, que es “persistente y verosímil”, y en los informes que corroboran las lesiones, así como en las declaraciones del testigo que alertó a la Policía.

 

La Sala del TSXG rechaza así el recurso presentado por el acusado al entender que únicamente se limita “a desgranar y analizar prácticamente la totalidad de la prueba a los efectos de plasmar su particular versión de los hechos y relato exculpatorio”. Respecto a la condena reclamada por la acusación particular, indica que ha de ceñirse “a la parte del alegato de la recurrente referida a las lesiones psíquicas y no a las físicas, introducidas indebidamente en apelación”.

El TSXG confirma ocho años de prisión para un hombre por violar a una mujer