viernes. 29.03.2024

El titular del Juzgado de instrucción número uno de Ourense, Leonardo Álvarez, ha decidido mantener imputados al exalcalde de Ourense Francisco Rodríguez y a la exconcejala de Urbanismo Áurea Soto por supuestas irregularidades en la contratación de asistencias técnicas en este ayuntamiento.

 

En un auto, al que hoy ha tenido acceso Efe, fechado el 22 de enero pasado, el magistrado considera estos hechos constitutivos de un "delito continuado de prevaricación", del que considera presuntos responsables a Rodríguez por "levantar de forma continuada reparos formulados por el interventor" y a Soto, como "máxima responsable del área de Urbanismo" en el consistorio.

 

Asimismo, ha acordado archivar las diligencias al resto de imputados en esa causa. El sindicato CIG denunció un posible delito de prevaricación en contrataciones de asistencias técnicas externas por parte del Gobierno orensano gobernado por la coalición PSdeG-BNG, una iniciativa a la que se sumó posteriormente la central USO. Los trabajadores afectados, tras ser cesados en 2013, fueron readmitidos como laborales indefinidos en la sentencia que consideró dichos despidos improcedentes. Se trata de cuatro arquitectos y un abogado contratados en el área de Urbanismo, quienes prestaron declaración.

 

En relación con esa causa prestaron declaración el actual alcalde, Agustín Fernández, así como Xosé Somoza, entonces director general del área de Rehabilitación, su antecesor Xosé Carballido, el exteniente de alcalde Alexandre Sánchez y los exconcejales Herminio Iglesias y Fernando Varela. Según el auto, Rodríguez era "perfectamente conocedor" de dichas irregularidades y a pesar de ello levantó reparos "una y otra vez", aunque "sin esgrimir en ningún momento una razón que justificase dicha actuación". Así, el juez señala que si bien el imputado "justificó su actuación afirmando que se trataba de servicios que los trabajadores habían prestado para el Ayuntamiento", le reprocha "no haber adoptado las medidas necesarias para poner fin a la situación irregular".

 

Esta situación "le fue advertida de forma continuada por el interventor a través de sus numerosos reparos" y por tanto "era conocedor que bajo la fórmula de asistencias técnicas se disfrazaba una relación laboral ordinaria", según el juez. En sus reparos, la Intervención se sustentó en la "irregularidad en la forma que la que dichas asistencias técnicas se prestaban", así como en que "los contratos celebrados bajo la fórmula de asistencias técnicas con las sucesivas prórrogas de las que fueron objeto superan el límite cuantitativo marcado por la ley", lo que podría suponer "un fraude de ley". De igual modo, considera también hipotética responsable del delito de prevaricación a Soto, quien recientemente presentó su renuncia tras la apertura del juicio oral por otra causa.

 

Soto fue la "máxima responsable del área de Urbanismo durante todo el periodo en que estuvieron vigentes los contratos", indica el texto, y considera que "era perfectamente conocedora de la situación irregular que se estaba generando con este tipo de contratación" a pesar de lo cual "tampoco realizó la más mínima actuación encaminada a poner fin a esta situación". Respecto al resto de imputados, ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo. Según el juez, el actual regidor "levantó algunos reparos", pero es "evidente que no se le podía exigir que corrigiese esta situación de un día para otro", por lo que ve "lógico que levantase" dichos reparos, además de alegar que "revirtió esta situación poniendo fin a estos contratos", lo que motivó las denuncias de los trabajadores.

 

Del resto, se ha sustentado en sus declaraciones en las que manifestaron que "en absoluto tenían conocimiento de la situación irregular en la que se encontraban los trabajadores". En apoyo a esta tesis, el magistrado ha fundamentado en "los numerosos reparos obrantes" las resoluciones formuladas por el ex alcalde "sin contar con el más mínimo amparo legal", la declaración de los contratados o los certificados obrantes a las actuaciones. De esta forma, las diligencias previas pasan a procedimiento ordinario por si los hechos imputados a Soto y a Rodríguez "fuesen constitutivos de un delito continuado de prevaricación". Contra el auto cabe recurso de reforma y subsidiario de apelación en el plazo de los tres días siguientes a su notificación y cinco días si es recurso de apelación, indica el texto.

 

Solo el exacalde y una exedila ourensana siguen imputados por las asistencias