domingo. 09.02.2025

La Audiencia de Pontevedra ha absuelto al expresidente de la Diputación de Pontevedra Rafael Louzán de la acusación de fraude por la que había sido condenado a dos años de cárcel, pero mantiene su condena de siete años de inhabilitación por prevaricación.

La Audiencia ha considerado probado que Louzán concedió, cuando era presidente de la Diputación, una subvención de 86.311 euros para obras de mejora del campo de fútbol de Moraña (Pontevedra) que ya estaban, en su mayor parte, ejecutadas.

El tribunal atiende parcialmente así un recurso interpuesto por los abogados del dirigente local del PP y los presentados por el entonces director de Infraestructuras de la Diputación y el administrador y un empleado de la adjudicataria del proyecto, a los que ha absuelto de fraude.

A ellos, sin embargo, también les mantienen su condena como cooperadores necesarios de un delito de prevaricación, por el cual la Audiencia les condena a siete años de inhabilitación.

Los jueces explican que prevaricaron al ponerse de acuerdo en "crear y desarrollar un procedimiento administrativo ficticio" para que la Diputación abonara a la empresa unas cantidades reclamadas por obras realizadas al margen del proyecto inicial.

Al igual que el Juzgado de primera instancia, la Audiencia considera probado que la constructora a la que la Diputación había adjudicado en 2011 la instalación de hierba artificial en el campo de fútbol de Moraña y otras obras en edificaciones anexas, aumentó su coste en 86.816 euros.

Al tratarse de una obra ejecutada con subvención, la legislación impedía rebasar el importe subvencionado, por lo que, para hacer frente a ese pago, "se ideó un sistema artificioso, en fraude de ley, tendente a abonar a la empresa el importe que reclamaba".

Así, en 2013 se adjudicó de forma irregular otra obra a la misma constructora por ese importe, en concreto, mejoras en el vestuario y las gradas del campo de fútbol, a pesar de que parte de ellas ya habían sido realizadas.

La Audiencia considera probado que los autores de tal irregularidad "prescindieron absolutamente del procedimiento legalmente establecido".

Sin embargo, no ha logrado acreditado el delito de fraude por entender que "no ha existido perjuicio ni riesgo de perjuicio" para la Administración pública.

Tampoco ha quedado acreditado que los acusados actuasen en dolo o con intención de perjudicar el patrimonio de la Administración ni se que su actuación "fuera dirigida a defraudar al patrimonio" público.

El fallo reitera que "no consta que se haya cobrado por más de lo efectivamente realizado", como tampoco se hizo a precios superiores a los del mercado.

En cuanto al expresidente de la Diputación, el tribunal incide en que prevaricó al votar a favor del acuerdo de conceder la subvención "a sabiendas de que era ilegal y arbitrario".

Todo respondía, según los magistrados, "a un artificio para, burlando las barreras de la normativa, satisfacer las reclamaciones de la contratista, infringiendo el deber de transparencia y no protegiendo los derechos de la Administración" pública.

La Audiencia, por lo tanto, absuelve del delito de fraude a todos los condenados en primera instancia por este caso y, a la exalcaldesa de Moraña Luis Piñeiro y el arquitecto que firmó el proyecto, también del delito de prevaricación.

La declaración de complejidad de la causa fue adoptada fuera de plazo y, por tanto, el procedimiento se dirigió contra ambos cuando ya había expirado el plazo de instrucción.

Por tanto, estos dos últimos investigados han sido absueltos de todos los delitos, al igual que los dueños de las dos constructoras que accedieron a participar en el procedimiento negociado sin publicidad a sabiendas de que se trataba de un mero trámite para adjudicar la obra a una determinada empresa, pues solo habían sido condenados por un delito de fraude.

Absuelven de fraude a Louzán pero mantienen su inhabilitación por prevaricar