viernes. 19.04.2024

La Audiencia de Pontevedra ha condenado a dos años de prisión a un hombre que accedió al correo electrónico de su exmujer para hacerse con documentos con los que elaborar un dosier íntimo contra ella que remitió posteriormente a sus allegados.

La sentencia determina que es culpable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos, agravado además por el hecho de su difusión a terceras personas, por lo que junto con la pena de prisión tendrá que indemnizar con 3.000 euros a la víctima.

Los magistrados consideran probado que el acusado, utilizando el ordenador de la recepción de un hotel en Sanxenxo, entró en el correo electrónico de su exmujer "movido por la intención de invadir su intimidad".

Abrió e imprimió tres correos en los que ella mantenía conversaciones de carácter íntimo con un hombre, en las que ambos "se declaraban su amor, sus deseos y sus mutuas necesidades", según recoge la sentencia de la Audiencia de Pontevedra.

Con los correos impresos y otra documentación, el acusado elaboró lo que denominó un "dosier", que hizo llegar a varias personas del entorno de la víctima.

Durante el proceso judicial, el hombre alegó que la información descubierta no eran datos "sensibles" como recoge la legislación, porque "no es lo mismo la orientación sexual de una persona que el hecho de que tenga o no una relación extramarital" y añadió que no se acreditaron los perjuicios sufridos por su exmujer ante esta "supuesta revelación".

La Audiencia, sin embargo, recuerda que el delito de revelación de secretos sanciona, entre otras conductas, "al que se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico u otros documentos o efectos personales de otra persona, en todo caso y siempre, sin su consentimiento y con la finalidad de descubrir sus secretos o vulnerar su intimidad"

Las relaciones personales de la víctima constituyen "sin lugar a dudas", sentencian los magistrados, un dato sensible para ella, "tratándose de una información íntima de dicha señora, que el acusado no puede divulgar sin su conocimiento y permiso, como así hizo, y mucho menos confeccionar un dosier al respecto y exhibirlo a familiares y amigos ".

El acusado, reitera el fallo judicial, "tuvo cabal conocimiento de que estaba vulnerando la intimidad de su esposa" y que, por la documentación aportada, "tuvo que entrar en el correo electrónico en varias ocasiones y con una diferencia de meses".

A ello añaden que no se ha acreditado que, como aseguraba el condenado, fuera un acceso accidental a su correo electrónico y que, aunque así fuera, "no estaba autorizado" a confeccionar un dosier y difundirlo entre la familia y amistades de la víctima.

El hecho es que, según reconoció el propio acusado, "encontró los correos y los imprimió para verlos con calma, lo cual excluye cualquier tipo de error", ya que demuestra que examinó los correos y los divulgó sin permiso "de forma intencional, premeditada y voluntaria".

Dos años de cárcel por acceder al correo de su ex y elaborar un dosier íntimo