sábado. 20.04.2024
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado en seis meses la pena de prisión impuesta a un condenado por abuso sexual a una menor en aplicación de la nueva Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como del "solo sí es sí".

De acuerdo con el criterio expresado por el Ministerio fiscal, el tribunal rebaja en seis meses la pena impuesta, ya que en la sentencia de instancia se optó por imponer "la pena mínima" dentro de la horquilla punitiva, teniendo en cuenta la aplicación de tres circunstancias atenuantes.

De esta forma, con la nueva Ley, entienden los magistrados que este mínimo pasa a ser de cuatro años y medio, en vez de cinco, por lo que le rebaja esos seis meses.

Según se indica en la sentencia, los hechos tuvieron lugar en el año 2020, cuando el ahora condenado tenía 26 años y 14 años la víctima, con la cual mantuvo al menos siete encuentros sexuales, "a sabiendas de que era menor de dieciséis años".

La Audiencia Provincial pontevedresa también se ha pronunciado sobre otra petición de revisión de pena en aplicación de la nueva Ley, en este caso la que afecta al considerado fundador de Los Miguelianos, Miguel Rosendo da Silva, condenado a la pena de nueve años de prisión por abuso sexual continuado cometido contra una joven de esta asociación religiosa desde que tenía nueve años.

En este caso, se solicitaba que se bajase en dos años la pena impuesta, petición que las magistradas de la Sección Cuarta rechazan al entender que, de acuerdo con la nueva legislación, el acusado recibiría una pena mayor.

En aplicación del artículo 2.2 del Código Penal, entienden que "no cabe ninguna revisión al ser la L.O. 10/22 más desfavorable al reo". 

La Audiencia de Pontevedra rebaja 6 meses la pena cárcel a un condenado por abuso sexual