viernes. 29.03.2024

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de doce años y nueve meses de prisión para el hombre que, en junio de 2018, intentó matar a su mujer, estrellando de manera intencionada su coche contra otro en el Corredor de O Morrazo.

La Sala Segunda del alto tribunal ratifica la condena impuesta a este hombre, al que los tribunales le consideraron culpable de un delito de tentativa de asesinato de su mujer y de un delito de tentativa de homicidio del conductor del vehículo al que embistió.

Los magistrados han rechazado el recurso presentado por el acusado, al considerar que los hechos declarados probados no dejan "atisbo de duda" sobre el comportamiento de este hombre, que estaba en trámites de separación con la víctima.

El hombre alegaba que, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Pontevedra, no se había probado su ánimo de matar, y que perdió el control del vehículo cuando intentó eludir un obstáculo que había en la carretera, momento en el que su mujer le mordió en la mano.

Además, cuestionaba la apreciación de la circunstancia de alevosía pues el hecho probado precisaba "con claridad" cómo su esposa le propinó el mencionado mordisco, lo que excluiría la carencia absoluta de capacidad de defensa que reclama esta agravación.

La sentencia del Supremo, sin embargo, concluye que el acusado contaba "con suficientes elementos" para entender que su acción "introducía un riesgo también muy significativo de causar también la muerte a su esposa, lo que venturosamente no se produjo".

Reitera que el hombre aceleró de forma "considerable" el vehículo, alcanzando los 120 km/h en una zona limitada a 70, "para colisionar con el vehículo que lo precedía, desplazándolo con motivo del impacto más de cien metros, causando graves lesiones a su conductor".

A ello, el tribunal añade que el propio acusado verbalizó "con extremada claridad" la intención de matar a su esposa "anunciándole que iban a morir" antes de colisionar con el otro coche.

Es cierto, señalan los magistrados del Supremo, que la víctima mordió a su marido cuando éste intentó quitarle su teléfono móvil, con el que iba a realizar una llamada de auxilio, pero esta acción no demuestra que la mujer tuviera una "posibilidad efectiva" de defensa.

Por el ello, el Supremo concluye que en estos hechos hubo alevosía de desvalimiento porque la mujer "no pudo ni reaccionar ni defenderse en condiciones mínimamente eficaces ante la súbita acción del recurrente", en el que aprecia una "clara voluntad" de acabar con su vida. 

Confirman cárcel para hombre que intentó matar su mujer estrellando su coche