viernes. 06.12.2024
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha condenado a PSA (PSAG Automóviles Comercial España S.A.) a indemnizar a una afectada por el denominado 'cártel del automóvil', que recibirá el 10 % del precio que abonó por su vehículo, unos 1.284 euros.

A este precio, el juzgado suma los intereses legales desde abril de 2008, la fecha de la compra del vehículo que, como consecuencia de la acción de una serie de fabricantes que acordó precios, entre los años 2006 y 2013, y cobró sobreprecios a sus clientes.

El juez estima parcialmente la demanda de la compradora, que adquirió el turismo marca Peugeot el 16 de abril de 2008, contra PSA, mediante la cual pretendía que le abonase 1.566 euros.

El magistrado considera "irrefutable" las conductas "infractoras de la competencia" desarrolladas por PSA y que influyeron en el precio final de venta de automóviles "perjudicando a los compradores", al traducirse en el pago de un precio superior al que correspondería.

"Queda suficientemente acreditada la producción de daños a los compradores finales de automóviles, daños traducidos, necesariamente, en el pago de un sobrecoste a la hora de realizar la compra", subraya el juez en su sentencia.

La cuestión más compleja de todo este procedimiento, según el titular del juzgado pontevedrés, es cuantificar los daños producidos, para lo cual considera "razonable" fijarla en el 10% del precio total de adquisición de los coches.

En su resolución detalla que se trata de una cifra "adaptada a las circunstancias del caso", ante los siete años que operó este "cártel del automóvil" y a los datos aportados por la afectada, que apuntan a una desviación del precio final de los automóviles en torno a ese porcentaje.

Esta sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Pontevedra, resulta además pionera porque considera que el plazo de prescripción para este tipo de comportamientos no debe fijarse en un año, como establece el artículo 1968 del Código Civil, sino en los cinco años que determina el artículo 74.1 de la Ley de Defensa de la Competencia.

En cualquier caso, este plazo de prescripción no se puede entender como iniciado todavía o, como mucho, empezaría a contar desde el 20 de abril de 2021, fecha de la sentencia que rechazó el recurso de PSA contra la resolución da Comisión Nacional de Mercado de Valores al respecto de este tipo de prácticas. 

PSA tendrá que indemnizar a una afectada del 'cártel automóviles' tras una sentencia...