sábado. 20.04.2024
La Audiencia de Pontevedra ha rechazado rebajar la pena de 11 años de cárcel impuesta a un hombre que violó de manera reiterada a su expareja en Pontevedra.

El tribunal ha rechazado la solicitud de revisión de la condena que sus abogados presentaron tras la entrada en vigor de la Ley 10/22, de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como la ley de 'solo sí es sí'.

Las magistradas de la sección cuarta de la Audiencia pontevedresa explican en su auto que, en su día, este hombre fue sentenciado como autor de un delito continuado de agresión sexual en la modalidad de violación, con la agravante de parentesco.

Conforme a la nueva legislación, la pena que le correspondería ahora en su grado superior llegaría hasta los 15 años de prisión, lo que "excede con creces" los 12 años de cárcel que se le podría haber impuesto como máximo con la legislación vigente cuando violó a su exmujer.

En su sentencia, el tribunal consideró probado que el condenado agredió sexualmente a su expareja entre mediados de agosto y finales de septiembre de 2015.

Los hechos sucedieron tras la ruptura entre el acusado y la víctima, quienes mantuvieron una relación análoga a la conyugal durante cinco años, produciéndose "repetidas agresiones sexuales en un breve espacio temporal".

Así, según subraya el fallo judicial, el condenado le obligó a mantener relaciones sexuales unas ocho veces, subrayando que "no hay duda " de que actuó con "violencia e intimidación".

Rechazan rebajar cárcel a hombre que violó reiteradamente a su expareja