jueves. 28.03.2024

Ence podrá continuar en Pontevedra hasta 2073 después de que el Tribunal Supremo haya revocado las sentencias de la Audiencia Nacional que, en julio del pasado año, habían anulado la prórroga de la concesión de la fábrica pastera de Lourizán.

Los magistrados de la sección quinta de la sala de lo contencioso-administrativo han estimado los recursos presentados por la empresa y otras entidades económicas y sociales al fallo derivado de los procesos judiciales iniciados por el Ayuntamiento de Pontevedra y Greenpeace.

El Supremo considera que se pueden prorrogar las concesiones anteriores a la Ley de Costas de 1988, como es el caso, "siempre que consten informes medioambientales favorables", y recuerda que en este caso constaban estos estudios que avalaban la continuidad.

El contenido íntegro de la sentencia, que contará con el voto particular de la magistrada Ángeles Huet, se conocerá en los próximos días.

Con esta decisión, el alto tribunal da validez a la resolución de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que otorgó a Ence en 2016 una prórroga de 60 años -a contar desde 2013- para seguir ocupando terrenos de Costas en la ría de Pontevedra.

En otros recursos analizados por el Supremo en la reunión de hoy, también relativos a la prórroga de concesiones de dominio público marítimo terrestre pero referentes a viviendas, el tribunal sí ha avalado la denegación de esas prórrogas.

En concreto, en el caso relativo a viviendas ubicadas en la playa Babilonia en Guardamar del Segura (Alicante), los magistrados han ratificado la resolución de la administración general del Estado ya que esta decisión venía amparada con informes medioambientales desfavorables.

En cambio, la sala de lo contencioso ha estimado los recursos presentados por Ence y otras entidades contra las sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la Resolución, de 20 de enero de 2016, de la directora general de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, que otorgó a Ence una prórroga de 60 años de la concesión de ocupación de una franja de dominio público marítimo terrestre destinada a fábrica de pasta de celulosa en Pontevedra.

Ambos procesos desembocaron en sendas sentencias de la Audiencia Nacional que anularon la prórroga que, a principios de 2016, le otorgó el Gobierno en funciones de Mariano Rajoy para que la fábrica continuara su actividad en la ría de Pontevedra hasta el año 2073.

La Audiencia Nacional determinó que la prórroga concedida por el Gobierno para mantener la fábrica de Pontevedra en terrenos de dominio público marítimo-terrestre incumplía la Ley de Costas y anuló dicho permiso, que se extendía hasta el año 2073.

Los hechos se remontan a 2021, cuando la Audiencia declaró la nulidad de la prórroga de la concesión de dominio público marítimo terrestre en la que se asienta la biofábrica de Pontevedra.

La Audiencia Nacional concluyó que dicha autorización infringió la Ley de Costas que, entre otras cuestiones, solo permite actividades en el dominio público marítimo-terrestre que por su naturaleza, no por razones de interés o conveniencia, no puedan ubicarse en otro lugar.

En el caso de la fábrica de Ence en Pontevedra, según el tribunal, esa circunstancia no fue acreditada, por lo que revocó el permiso obtenido por la compañía para mantener su actividad industrial en los 373.000 metros cuadrados que ocupa en la ría de Pontevedra. 

El TS da la razón a Ence y avala la prórroga de su concesión en Pontevedra