viernes. 29.03.2024
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha absuelto a un hombre que había sido condenado a dos años y dos meses de cárcel por estafar a pareja al no probarse que se apoderase sin su permiso de las claves de banca electrónica.

Los magistrados revocan así la sentencia dictada por la Audiencia de Pontevedra, que le había obligado a indemnizar a la víctima con 19.684 euros.

La sentencia considera probado que ambos se conocieron en la primavera de 2014 e iniciaron una relación que duró, aproximadamente, hasta junio de 2015.

Si bien vivían juntos de forma puntual, el sospechoso, según el fallo, era frecuente que se ausentase durante periodos más o menos largos "por supuestos motivos de trabajo como broker, alegando viajes a ciudades como Londres o Hong Kong".

En el momento de iniciar la relación, el recurrente estaba casado, algo que desconocía la denunciante, quien suscribió un préstamo por importe de 50.000 euros con la intención de ayudar al acusado, que estaba "abatido y triste" por su situación económica.

La Audiencia señalaba que, una vez ingresado el crédito, "sin que conste cómo se pudo hacer con las claves de la banca electrónica de la víctima, hizo uso de ellas sin su consentimiento ni autorización" y realizó una serie de transferencias.

Sin embargo, el TSXG no considera que se haya demostrado que el acusado se hubiese hecho con el dinero sin permiso de la que, por aquel entonces, era su pareja sentimental.

"Ninguna de las acusaciones propuso prueba dirigida a acreditar el apoderamiento de las claves de la banca electrónica", sostienen los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal gallego, que censura la condena impuesta al acusado.

Los jueces insisten en que "no hay prueba que muestre la forma y el dispositivo desde el que se hicieron las trasferencias", por lo que sostienen que "surge la duda" sobre la realidad de los hechos que asumió la Audiencia de Pontevedra.

Concluyen que existe una "evidente posibilidad" de que las disposiciones patrimoniales fueran realizadas de común acuerdo con la titular de la cuenta.

El TSXG absuelve a un hombre condenado por estafar a su pareja en Pontevedra