martes. 23.04.2024
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha condenado al Servicio Gallego de Salud a indemnizar con 30.000 euros a un paciente que fue operado con un año de retraso de una hernia discal en el hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo y al que un año después se le reconoció la Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de soldador-fabricador de cisternas por síndrome de espalda fallida.

El tribunal estima parcialmente el recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Consellería de Sanidad de la Xunta de Galicia, de fecha 9 de noviembre de 2020, que desestimó la reclamación del paciente de responsabilidad patrimonial de la Administración por deficiente funcionamiento de sus servicios públicos sanitarios, a los que culpa de los daños y secuelas que sufre.

El paciente solicitaba 121.635,82 euros, cantidad que, “a todas luces, resulta desorbitada”, según el tribunal, que considera los 30.000 euros una cantidad más ajustada teniendo en cuenta tanto la baja probabilidad de que el resultado definitivo hubiese sido otro si se le hubiese intervenido antes y la escasa voluntad de colaboración Del paciente, al que considera responsable parcial de la demora en la intervención.

El paciente acudió en mayo de 2017 a un centro de salud con una lumbalgia y lo hizo de nuevo en junio del mismo año porque el tratamiento que le recetaron no estaba siendo eficaz, por lo que se le realizó una radiografía lumbar que reveló una posible discopatía, y en una nueva visita, poco después, fue derivado al Hospital Álvaro Cunqueiro, donde se le remitió a rehabilitación, también ineficaz, de modo que en junio de 2018 se propuso tratamiento quirúrgico.

El paciente decidió esperar, ya que tenía que ser intervenido previamente de una hernia abdominal.

En diciembre de 2018, un mes después de ser operado de la hernia abdominal se propuso intervención de la hernia discal con prioridad II, la cual establece un tiempo recomendable de espera no superior a los 90 días, sin embargo la operación no se realizó hasta el 23 de diciembre de 2019.

El 2 de diciembre de 2020 se le reconoció una Incapacidad Permanente Total, y el paciente entiende que la demora en la intervención quirúrgica ha sido determinante en el agravamiento de su dolencia.

En consecuencia, el paciente presentó una reclamación al Sergas, que fue desestimada, y después presentó una denuncia en primera instancia que fue rechazada, por lo que recurrió al TSXG, que ahora le da parcialmente la razón.

Para el Superior no hubo mala praxis y el tratamiento fue “adecuado”; es más, señala que “ninguno de los diagnósticos alcanzados a través de las pruebas que se le practicaron hizo visible la referencia urgencia”, y añade que “no se escatimaron medios de pruebas diagnósticas”.

Sin embargo, no comparte el TSXG con el tribunal de primera instancia que “no se haya producido una demora manifiesta en la práctica de la intervención quirúrgica” y añade que “a nadie escapa que esa demora, superior a la ajustada al grado de prioridad señalado, fue susceptible de producir un agravamiento en la dolencia diagnóstica”.

Reconoce el tribunal que no puede afirmar que, efectivamente haya sido así, pero que “subsiste la duda” de lo que hubiera podido haber pasado “de haberse actuado con otra diligencia y premura realizándose la intervención quirúrgica con anterioridad”, de ahí la indemnización de 30.000 euros para el demandante.

Condenan al Sergas a pagar 30.000 euros por demorar un año una operación