jueves. 28.03.2024

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha condenado este viernes al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a indemnizar con 200.000 euros a un menor que en 2002, cuando tenía dos años y medio, fue diagnosticado y operado -perdiendo la audición de un oído- de "una sordera total e incurable" cuando, en realidad, era autista. La sección primera de la sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG ha estimado de esta forma el recurso interpuesto por el padre del menor contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número uno de Ourense, que había fijado la indemnización en 150.000 euros.

 

"Nos encontramos ante un supuesto claro de error en el diagnóstico provocado por una interpretación equivocada de los resultados de la prueba de potenciales evocados auditivos practicada en su día; no se descartaron, como era obligado, otras patologías mediante pruebas psicológicas, neurológicas y audiométricas complementarias", han señalado los magistrados. De este modo, basándose en informes médicos privados y "sin agotar los medios de diagnóstico y en la creencia de que los ya emitidos eran acertados", el Sergas decidió colocar un implante en uno de sus oídos, para lo que el menor fue sometido a sendas intervenciones en diciembre de 2004 y febrero de 2005.

 

En las intervenciones, practicadas en el Complejo Hospitalario de Vigo, se le efectuó el vacío de uno de los oídos para poder colocarle el implante; a finales de 2006, sin embargo, una profesora del menor comenzó a sospechar que éste no era sordo. Ante esta circunstancia, el Sergas decidió remitirlo a un centro especializado de Barcelona, donde determinaron que el niño no era sordo, sino autista, si bien el vaciado y la posterior colocación de un implante le habían provocado la pérdida total de la audición en uno de sus oídos.

 

"Aunque la sintomatología inicial hiciese dudar entre las dos posibilidades, ésta no puede justificar el grave error cometido en el procedimiento, del que derivaron tan graves consecuencias para el afectado", han señalado los magistrados. El tribunal ha destacado que en este caso no existe "una pérdida de oportunidad", sino que, debido a "unos sucesivos y crasos errores médicos", las propias actuaciones fueron "las que provocaron un resultado lesivo, sin las que éste nunca se hubiera producido".

 

La sala ha diferido del juez de primera instancia a la hora de fijar la cuantía de la indemnización, que ha estimado como "insuficiente", toda vez que el menor fue sometido a dos intervenciones, "con todo el sufrimiento que ello conlleva por tiempo de hospitalización, inadaptación al implante y, en definitiva, la pérdida de la audición de un oído sano". "El agresivo proceso médico era superfluo al no padecer el niño la dolencia que le habían diagnosticado erróneamente; ante este supuesto de mala praxis médico-asistencial, es obvio que la indemnización debe tender a la íntegra reparación del daño causado", han concluido los magistrados.

El TSXG condena al Sergas por diagnosticar y operar de sordera a niño autista