La Audiencia de Pontevedra ha desestimado la petición de nulidad de la causa judicial relacionada con la Operación Patos a cuenta de las escuchas telefónicas realizadas a varios de los investigados. La sección quinta de la Audiencia ha dictado un auto, al que ha tenido acceso Efe, contra el que no cabe recurso y en el que se ratifica la existencia de autorización judicial para dichas escuchas.
Sostiene el tribunal que hubo una "mera falta de incorporación" al procedimiento del auto que autorizaba las escuchas, que se corrobora "no solo por las actuaciones que existen anteriores a la resolución, sino también por las posteriores". Unas actuaciones, abunda la Audiencia, que "validan desde luego la existencia de dicho auto y la efectiva intervención" de la juez, "sin que exista actualmente dato alguno que permita otra interpretación".
Se trata, en definitiva, de "una mera irregularidad, un mero error que se subsana por el examen de las actuaciones y que no puede conllevar a la conclusión" que proponen los recurrentes: la nulidad de las escuchas y, por extensión, de la causa. Respecto a la falta de notificación del auto que autorizaba las escuchas al ministerio fiscal, señala la Audiencia que se trata de "una mera incorrección formal que ninguna trascendencia tiene", y que se le comunicó "escasos días después" de dictar el auto.
La petición de nulidad había sido formulada por el supuesto cerebro de la trama, Enrique Alonso Pais, propietario de Eiriña; la exdelegada territorial de la Xunta, María José Bravo Bosch; y el exvicepresidente de la Diputación de Pontevedra, José Manuel Figueroa, entre otros. Dado que estaba pendiente de resolución esta cuestión, varios investigados han rehusado declarar ante la juez que instruye la pieza principal de la Operación Patos, en la que hay más de medio centenar de investigados.