viernes. 29.03.2024

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Vigo ha desestimado íntegramente una demanda de 26 miembros de la comunidad de montes de Cabral que solicitaban la anulación del acuerdo adoptado en asamblea en junio de 2014 por el cual se aprobaron las cuentas del último trimestre del ejercicio 2013.

 

Los demandantes fundamentaban esta petición en que en dicha reunión se había incurrido, por parte de la junta rectora, en varias infracciones, entre ellas, del procedimiento de votación, las normas de aprobación de cuentas anuales, el régimen de mayorías previsto para la adopción de acuerdos o el derecho a la información. Denunciaban así que la votación se había realizado a mano alzada y no a través de una urna, como habían solicitado ante notario; que los presupuestos fueron aprobados a pesar de que la mayoría de los comuneros había votado en contra, y que se impidió la delegación de voto en familiares, entre otras cuestiones.

 

La sala considera en su sentencia desestimatoria que no hubo vulneración del derecho a la información, que no existe una infracción de las normas de documentación contable en presentar las cuentas de un trimestre y revoca uno por uno los puntos argumentados por los opositores, a los que les ha impuesto las costas del juicio.

 

Frente a esta sentencia, los demandantes pueden presentar un recurso de apelación en el plazo de 20 días. Un juzgado vigués ya desestimó una demanda de los opositores a la actual directiva mediante la cual solicitaban la impugnación de la asamblea del 1 de diciembre de 2013 en la que, entre otras cuestiones, se aprobaron las cuentas de los tres primeros trimestres de ese año y de todo el ejercicio anterior.

Desestiman una demanda de comuneros de Cabral contra la actual directiva