viernes. 19.04.2024

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de nueve años de prisión que la Audiencia de Pontevedra impuso a Miguel Rosendo da Silva, el líder de la Orden y Mandato San Miguel Arcángel de Vigo, conocida como los Miguelianos, por abuso sexual continuado a una joven de la asociación religiosa desde que ella tenía 9 años.

En una sentencia el Alto Tribunal confirma la pena impuesta por la Audiencia Provincial a Miguel Rosendo da Silva, que incluye también la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima, una de las mujeres que denunció al acusado, y a comunicarse con ella durante diez años cuando cumpla la condena de cárcel.

El Supremo confirma la absolución a Miguel Rosendo da Silva respecto a acusaciones que sostuvieron otras tres mujeres por agresión y abuso sexual, entre otros delitos, que la Audiencia Provincial no vio acreditados.

Tras el juicio se declaró probado que el condenado, fundador de la Orden, mantenía una relación muy cercana con la víctima por su posición de "bastón" en el organigrama de la misma.

Añade que la joven tenía una relación muy próxima al condenado, de quien sentía admiración, habiéndose convertido en su auténtico padre y su mejor amigo, circunstancia que aprovechó el acusado para satisfacer sus deseos sexuales.

El Alto Tribunal confirma que el acusado cometió abuso sexual con prevalimiento y acceso carnal de naturaleza continuada con la víctima cuya declaración fue considerada convincente por los magistrados, hechos que comenzaron cuando la misma tenía 9 años y que continuaron cuando ella ya adquirió la mayoría de edad.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Magro, realiza un análisis del contenido de la declaración de la víctima con un examen de su voluntad de denunciar los hechos.

No obstante, la Audiencia descartó que existieran técnicas de adoctrinamiento basadas en la persuasión coercitiva enfocada al quebranto total o parcial de la personalidad de sus miembros por parte del acusado para conseguir determinados fines.

El Supremo confirma este fundamento y rechaza los recursos contra las absoluciones acordadas por la Audiencia Provincial, que no entendió acreditadas estas técnicas con las denunciantes.

De esta forma, mantiene la decisión de la Audiencia de absolver a Miguel Rosendo da Silva de los delitos de asociación ilícita, contra la integridad moral, coacciones y abuso y agresión sexual continuada. La Fiscalía solicitó en su día para Miguel Rosendo da Silva 66 años de prisión.

Se mantienen también las absoluciones de tres acusados que se enfrentaron a una petición de dos años de cárcel por asociación ilícita.

Junto a ellos quedaron exonerados otros dos integrantes de los Miguelianos, que confirmaron los abusos y prácticas sexuales y pseudorreligiosas por parte del líder de la Orden.

Miguel Rosendo da Silva fundó en 1997 la Orden, que fue reconocida en 2009 por la Diócesis católica de Tui-Vigo como una asociación pública de fieles con derecho diocesano.

Sin embargo, tres años después la Diócesis ordenó un informe ante las supuestas irregularidades de esta entidad y las conclusiones del visitador canónico que elaboró el documento llevaron a la Iglesia católica a apartarle de forma cautelar.

Al estallar poco después el caso de las presuntas conductas sexuales la Diócesis de Tui Vigo retiró el apoyo a la entidad. 

El TS confirma 9 años de prisión al líder de los Miguelianos por abuso sexual